Documento Técnico sobre Ley N°19.404 referente a proceso de calificación para trabajos pesados

paulinaPaulina Hernández Albrecht

Ergónoma chilena certificada. Presidenta de la Unión Latinoamericana de Ergonomía

Como profesional dedicada a la ergonomía desde hace muchos años, esta ley me ha resultado siempre contradictoria, dado que nuestra disciplina apunta a diseñar puestos de trabajo “ergonómicos” lo que significa que quienes los desempeñen lo hagan de forma sana, segura y productiva.

 

La ergonomía apunta también a la universalidad, es decir que, no importando las diferencias individuales de las personas que realizan una actividad laboral, el resultado sea el mismo. ¿Un ideal? Sí. Y estoy segura que en muchas situaciones es posible. También debo reconocer, que hay instancias que son imposibles de modificar y que tienen un impacto en los trabajadores. Ahí hay que mitigar ese impacto.

 

Históricamente, el espíritu de esta ley fue que, como país, nos hiciéramos cargo de los trabajos “penosos”, especialmente los que aceleran el envejecimiento de quienes los realizan, pero enfocando hacia su modificación o rediseño de los mismos.

 

Es decir, transformar el trabajo para que deje de ser “pesado”

 

¿Qué es un “trabajo pesado”?

 

De acuerdo a la ley chilena, “Constituyen trabajos pesados aquellos cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o síquico en la mayoría de quienes los realizan provocando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral” (Ley 19.404, artículo N° 1)

 

¿Qué considera la Ley 19404 respecto a trabajos pesados en Chile?

 

La Ley 19.404 fue publicada en Chile el 21 de agosto de 1995; en ella se introdujeron modificaciones al D.L N° 3500 de 1980 y se norman las pensiones de vejez relativas al desempeño en trabajos pesados.

Crea un sistema de pensión de vejez anticipada, en función del desempeño de trabajos pesados, tanto en el Nuevo Sistema de Pensiones como en el INP (Instituto Normalización Previsional, actualmente IPS o Instituto Previsión Social).

La ley se hace cargo de una realidad del mercado laboral chileno, reconociendo que este tipo de trabajos existe y que, aun cuando se puedan impulsar acciones para que mejoren las condiciones de estos trabajadores, esto puede tomar mucho tiempo o simplemente no ser factible en el horizonte de vida laboral del trabajador.

Entonces, su principal objetivo fue generar un mecanismo de protección para los trabajadores, cuya actividad laboral provoque un desgaste excesivo y prematuro, otorgando como único beneficio la rebaja de edad legal para pensionarse por vejez, por el desempeño de trabajos pesados.

 

¿Cuáles son las áreas y puestos laborales, donde hay más trabajos pesados, respecto a Chile?

 

A 2016 existen alrededor de 20.000 puestos de trabajo calificados en Chile. El mayor porcentaje corresponde a la industria minera (60% aprox.). Hospitales e instituciones de salud, transporte, industria forestal, marítima, entre otras actividades económicas, concentran también un buen número de puestos calificados.

 

¿De qué factores depende la calificación de un trabajo como pesado?

 

La calificación se realiza a través de una Guía Técnica[1] (modificada en 2010), que aporta al proceso de evaluación de trabajos pesados, conformándose como una herramienta que permite la aplicación de criterios objetivos y transparentes. Los factores que se evalúan y ponderan, son:

 

  • Factores físicos: Incluyen altas demandas fisiológicas generadas, por ejemplo, por manejo manual de cargas frecuente e intenso, los trabajos que requieren grandes desplazamientos y la exposición constante a altas o bajas temperaturas.
  • Factores ambientales: Consideran la exposición a ambientes contaminados, temperaturas extremas, altura geográfica (sobre 3.000 m.s.n.m.).
  • Factores mentales: Se considera la alta responsabilidad por personas y recursos, presión por tiempos, plazos, calidad, velocidad.
  • Factores organizacionales: Involucra fundamentalmente al trabajo en sistema de turnos, en jornadas extensas y nocturnas.

 

 

¿Qué beneficios se pueden obtener en base a esa calificación?

 

Como se menciona anteriormente, la ley otorga como único beneficio la rebaja de edad legal para pensionarse por vejez, por el desempeño de trabajos pesados, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

 

Trabajador afiliado a una AFP (Administradora Fondos de Pensiones) podrá acceder a una pensión de vejez anticipada:

  • De 2 años por cada 5 en que hayan efectuado la cotización del 2%, con un tope de 10 años de rebaja.
  • De 1 año por cada 5 en que hayan efectuado la cotización del 1%, con un tope de 5 años de rebaja.

 

Trabajador afiliado al INP (Instituto de Normalización Previsional, actualmente denominado IPS o Instituto de Previsión Social) podrá acceder a una jubilación anticipada:

  • De 1 año por cada 5 en que se hayan realizado trabajos pesados, con un tope de 5 años de rebaja.
  • De 2 años por cada 5 en que hayan llevado a cabo trabajos pesados, con un tope de 10 años de rebaja.

 

Para estos efectos tanto trabajador como empleador deberán efectuar, en la cuenta de capitalización individual, una cotización de un 1% o 2% de la remuneración imponible dependiendo del resultado de la calificación.

 

Importante: Se debe tener 20 años de cotizaciones o de sus servicios, computables en cualquier régimen previsional. 

 

 

¿Cuál es el proceso para obtener una pensión anticipada por trabajos pesados?

 

La Comisión Ergonómica Nacional (CEN) dependiente de la Superintendencia de Pensiones del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, es la entidad que determinará las labores, que por su naturaleza y condiciones en que se desarrollan, revisten el carácter de trabajos pesados.

  • El trabajador interesado, el empleador, el sindicato respectivo o el delegado del personal, podrán solicitar un proceso de calificación de una labor como pesada.
  • La Comisión Ergonómica Nacional está facultada para actuar de oficio.
  • Deberá acompañar a esta solicitud un certificado del empleador en el que se describa la labor en cuestión.
  • De no contar con este certificado, el trabajador debe hacer una declaración jurada escrita ante la Inspección del Trabajo competente.
  • La Comisión calificará el puesto de trabajo como pesado, independientemente de quien lo realice.

 
¿Qué documentos se deben presentar?

 

El documento principal es el “Certificado del Empleador”, que debe ser completado rigurosamente e incluye:

  • La identificación del puesto laboral: Área de trabajo, equipos y maquinarias utilizadas y descripción de las tareas
  • El sistema: Tipo de trabajo, organización de los turnos y horarios, responsabilidades.
  • Análisis de la carga física: Dinámica y estática
  • Condiciones ambientales: Altura geográfica, exposición a frío y/o calor, a ruido, a contaminantes, trabajo a la intemperie
  • Esfuerzos mentales: Estructura, variedad y complejidad del trabajo; esfuerzos sensoriales (visuales, auditivos, táctiles); y exigencias de atención

 

En este punto es muy importante respaldar formal y rigurosamente la información enviada a la CEN con documentos, registros y resultados de mediciones objetivas (si corresponde).

 

Información que es importante presentar:

 

Actividad Información requerida Fuente
Verificación de cargo ·    Descripción del cargo actualizada.

·    Verificación de correspondencia del cargo postulado con descripción actual.

·    Homologación de puestos (si aplica)[2].

·    Inventario de riesgos.

·    Procedimientos de trabajo.

Recursos Humanos(RRHH) y Prevención de Riesgos en empresa

 

Factores ambientales ·    Resultados de evaluaciones cualitativas de Higiene Ocupacional realizadas por organismo administrador, consultores externos y/o propias. En el contexto del cumplimiento de D.S. 594. Prevención de Riesgos empresa

 

Organismo Administrador

Factores organizacionales ·    Programa de turnos, jornada de trabajo y respaldo de horas extras (si se realizan o no),  tipo de remuneración; pausas programadas y operacionales. RRHH empresa
Factores físicos ·    Evaluaciones realizadas, en el marco de la Guía Técnica de Manejo Manual de Cargas[3].

 

·    Entrevistas para conocer distribución del tiempo, de las tareas realizadas en la jornada de trabajo.

 

·    Fotografías y videos del puesto de trabajo.

Prevención de Riesgos empresa

 

Jefaturas/ supervisión/ trabajador área involucrada

Factores mentales ·    Descripción de cargo para identificar tipo y cantidad de responsabilidades (toma de decisiones)

 

·    Entrevistas para conocer contenido de tareas, plazos, tiempos, calidad, velocidad, riesgos; procesamiento de información, toma de decisiones; cantidad y calidad de señales.

RRHH

 

Jefe de operaciones, supervisor del área, trabajador

Con la información precedente, el postulante podrá completar en forma clara y fundamentada los documentos requeridos por la CEN (del trabajador[4] y del empleador[5]).

 

En caso de apelación corresponderá una etapa más:

Recopilación y análisis de antecedentes ·    Revisión y verificación de toda la información utilizada para postulación.

 

·    Informes de análisis ergonómicos existentes, realizados por organismo administrador

Empresa

 

Organismo administrador

Desarrollo de apelación ·    Análisis Apoyo técnico y legal (interno o externo a empresa)

 

 

¿Qué funciones cumple la Comisión Ergonómica Nacional? ¿Quiénes la integran?

 

La Comisión Ergonómica Nacional (CEN), creada por la ley 19.404, del 21 de agosto de 1995, es la encargada de recibir la solicitud y revisar la información enviada, para la calificación de una labor como pesada, en qué porcentaje (1% o 2%), o si no procede.

 

Está conformada por: un médico cirujano especialista en medicina ocupacional, quien la preside; un médico cirujano especialista en traumatología y ortopedia; un ingeniero civil experto en prevención de riesgos profesionales; un ingeniero civil experto en higiene industrial; un profesional universitario experto en ergonomía; un trabajador designado por la central sindical más representativa del país, que sea o haya sido miembro de un comité paritario de higiene y seguridad; y un empresario designado por la organización empresarial más representativa del país, que sea o haya sido miembro de un comité paritario de higiene y seguridad.

 

La CEN deberá emitir su Dictamen, por regla general, en un plazo de 60 días contados desde que reciba el requerimiento

 

 

Resoluciones y apelaciones

 

En la resolución o dictamen, se notifica al requirente por carta certificada, entendiéndose que éste toma conocimiento del mismo, al quinto día hábil siguiente a su franqueo postal.

 

En esta misma resolución, se indica el plazo para presentar la apelación, si amerita.

 

Se sugiere apelar sólo en el caso que se cuente con nuevos antecedentes o que la presentación inicial haya sido insuficiente o falta de respaldo, etc.

 

¿Cuál es el rol de Comisión de Apelaciones?

 

Tanto el trabajador como la empresa pueden apelar.

 

Se presenta el formulario correspondiente ante la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social. Dicha entidad la envía, dentro de cinco días hábiles contados desde su recepción, a la CEN quien remite el reclamo junto con todos los antecedentes, (dentro de los 5 días mencionados) a la Comisión de Apelaciones.

 

La Comisión de Apelaciones debe revisar el caso y sus nuevos antecedentes y, a la luz de ellos, determinar si es factible modificar el Dictamen.

 

En sitio web de la Superintendencia de Pensiones, se pueden encontrar todos los documentos asociados al proceso

http://www.safp.cl/portal/institucional/578/w3-propertyvalue-6438.html

 

[1] Publicación de la Superintendencia de Pensiones Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Gobierno de Chile Registro de Propiedad Intelectual Año 2010 Santiago – Chile

[2] En algunas situaciones los cargos mantienen el nombre original, pero van cambiando sus funciones

[3] Ley 20001

[4] http://www.spensiones.cl/573/articles-5983_cuestionario1.pdf

[5] http://www.spensiones.cl/573/articles-5983_empleador1.pdf

 

Revista Tècnicos Mineros / Camilo Barraza

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