CODELCO CHUQUICAMATA CONDENA ACCIONES VIOLENTAS PROMOVIDAS POR LA DIRIGENCIA SINDICAL DE LOS SINDICATOS 1, 2 Y 3 Y LOS LLAMA A RESPETAR A SUS PROPIOS COMPAÑEROS DE TRABAJO DE LA DIVISIÓN QUE NO ESTÁN EN HUELGA

A las y los integrantes de la División y Opinión Pública:

La administración de la División Chuquicamata condena los actos de violencia que se produjeron anoche, como consecuencia del llamado irresponsable de los dirigentes de los sindicatos Rol B 1, 2 y 3, de ejercer medidas de presión radicales en medio de la huelga legal.

Las acciones pusieron en riesgo la seguridad de los propios manifestantes y de los trabajadores que no se encuentran en huelga, al impedir el libre tránsito de seis vehículos de transporte con trabajadores que salían de su turno, el bloqueo de caminos públicos con rocas y el intento de bloqueo de los ingresos a la División.

Estas acciones de fuerza ilegales, que fueron promovidas públicamente por algunos dirigentes de dichas organizaciones, son la muestra del nulo respeto que tienen por sus propios compañeros de labores que no están en huelga, puesto que fueron expuestos a riesgos, amedrentados cobardemente e impedidos de regresar a sus hogares con sus familias.

La administración iniciará acciones legales contra quienes resulten responsables y especialmente contra la dirigencia sindical que promovió estas acciones de fuerza ilegales y la radicalización de la huelga, que en nada colabora para generar un clima de entendimiento en este proceso de negociación colectiva.

La empresa convoca a la dirigencia de los sindicatos 1,2 y 3 a detener en forma inmediata esta práctica desleal y, sobre todo, estas acciones violentas, para no generar más daño a la comunidad de Calama, a esta empresa de todos los chilenos y a sus trabajadores que legítimamente ejercen su derecho al trabajo.

Precedente

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, en enero de 2018, dictó un fallo que determinó que son ilegales los bloqueos de acceso a las empresas, el uso de la fuerza física y las amenazas (fuerza moral) en contra de la empresa y sus trabajadores.

Asimismo, la Corte de Apelaciones determinó ilegítimos aquellos actos que afecten la actividad económica de la empresa y la libertad de trabajo de empleados y contratistas que no participan de una huelga.

Administración Divisional

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