La dura audiencia y la artillería legal con que se enfrentarán mañana en el TC por el acuerdo entre la FNE y Tianqi

Toda la artillería legal prometen lanzarse mañana en el TC Pampa Calichera, Nutrien, Tianqi, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Conadecus, en la audiencia de admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad presentado por las cascadas de Julio Ponce.

De hecho, hasta el viernes, se habían ingresado informes en derecho y opiniones legales de Jorge Correa Sutil, Francisco Zúñiga, Javier Couso, Sebastián Soto y Ramiro Mendoza (Nutrien); Patricio Zapata, Gastón Gómez y Jorge Grunberg (Tianqi) y Alejandro Romero y la expresidenta del TC Marisol Peña, por Pampa Calichera. En los alegatos, por Pampa estará Sebastián Oddó; por Nutrien, Cristóbal Eyzaguirre; Tianqi será representada por Arturo Fermandois; la FNE, por Mario Ybar; y Conadecus, por Cristián Reyes.

A las 11 de la mañana en el pleno del TC, ubicado en Huérfanos 1234, será el relator, José Francisco Leyton, quien inicie la audiencia con un resumen del conflicto y de quiénes han presentado sus argumentos, estudios técnicos y anuncios de alegatos. Luego será el turno de Sebastián Oddó, el abogado de las sociedades cascadas, quien centrará su alegato de 15 minutos en que tras el acuerdo del organismo dirigido por Mario Ybar y la empresa china, representada por el estudio Carey, no se respetó el debido proceso, y ellos, como accionistas relevantes de SQM, no tuvieron oportunidad para hacer ver su punto de vista. En resumen, plantearán que no se respetó el debido proceso que consagra la Constitución chilena. Y los argumentos que entregará Oddó frente a los cinco ministros de la Segunda Sala del TC que revisará esta admisibilidad, serán básicamente tres: que siendo partes de la investigación de la FNE nunca fueron consultados sobre el acuerdo; no fueron notificados del acuerdo, salvo por la prensa; y, además, que la noticia se dio a conocer un viernes, y tuvieron solo 30 minutos para alegar de un acuerdo tan trascendente el jueves siguiente.

Para convencer al Tribunal, Oddó dirá que el artículo de la Ley de Libre Competencia (DL 211) que permite que la FNE llegue a un acuerdo y que sea presentado ante el TDLC para que este lo apruebe o rechace, no fue objeto de una revisión constitucional previo a su promulgación, por lo que tendría vicios de constitucionalidad. Finalmente, alegarán que la audiencia del TDLC donde se revisó el acuerdo careció de debido proceso, entendido como la posibilidad de bilateralidad de la audiencia, es decir, que dos o más partes puedan enfrentar sus argumentos, entregar pruebas y recursos.

Por su parte, Tianqi basará su alegato en que el TC no puede acoger a trámite el libelo, principalmente, porque contraviene su propia ley orgánica, por carecer de «fundamento plausible». En resumen, el alegato de Fermandois rezará sobre el uso del TC como medida de dilatación del proceso de venta de las acciones de SQM a su cliente Tianqi, justamente gracias a llevar la sentencia del TDLC ante el órgano constitucional. Además, recordará que la legislación permite el acuerdo al que llegaron con la FNE, y que SQM, Pampa y cualquier otro interviniente tuvo su momento, en la audiencia ante el TDLC, para oponerse y hacer ver sus argumentos. Asimismo, la empresa minera habría entregado documentos a la FNE en medio de su investigación.

Otra de las partes altamente interesadas en este conflicto es la FNE. Por ello, el fiscal (s) Mario Ybar dirá mañana que decidieron hacerse parte de este procedimiento porque tiene el deber fundamental de proteger la institucionalidad de libre competencia. Ello, porque este recurso podría exceder por mucho al acuerdo con Tianqi, y pretendería socavar una de las principales herramientas con que cuenta la FNE para el desempeño eficiente de sus funciones. Ello, recordará Ybar, porque los acuerdos extrajudiciales permiten a la FNE lograr cambios de comportamiento o medidas procompetencia en los mercados, sin necesidad de recurrir a un conflicto judicial de larga duración y de resultado incierto, con amplio uso en otras legislaciones del mundo.

Asimismo, recordará que el acuerdo solo obliga a su cumplimiento a Tianqi, por lo que cualquiera que sienta vulnerada la libre competencia podría iniciar una demanda directamente ante el TDLC, lo que en este caso no ha ocurrido.

Por último, Reyes, de Conadecus, se enfocará en la historia de la ley de 2009 que creó los acuerdos extrajudiciales. El abogado recordará que dichos acuerdos se hicieron solamente para casos de bajo impacto y poca complejidad, lo que no sería el caso del acuerdo de la FNE con Tianqi.(ElMercurio)

Comenta esta Noticia!