Sindicato de Supervisores y Profesionales de Salvador se pronuncia ante amonestación de Codelco a ejecutivo por acoso laboral

Mediante una carta de amonestación escrita, el Gerente General de la División Salvador, Juan Carlos Avendaño, reconoce el acoso laboral ejercido por el Gerente de Recursos Mineros y Desarrollo, Ricardo Miranda; determinación que coincide con los resultados de la investigación realizada por la Dirección del Trabajo, a raíz de una denuncia del Sindicato de Supervisores y Profesionales de la división.

 

En dicha carta, entregada el 31 de enero de 2017, la empresa señala en uno de sus párrafos lo siguiente: “se debe considerar como una falta grave a las obligaciones que impone el marco legal y a las cláusulas contenidas en su contrato individual de trabajo. De allí, al incurrir en las referidas conductas prohibidas, ha incumplido gravemente las obligaciones de su contrato de trabajo y las obligaciones tipificadas en los Artículos 33, N° 2, 6, 8, 13, 43 y; Artículo 34, N° 47, todos ellos del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS)”.

Si nos enfocamos en el Artículo 33, N° 43 del reglamento mencionado, queda en evidencia la gravedad de las faltas cometidas por el ejecutivo denunciado, y como éstas constituyen claramente vulneración de derechos fundamentales. Dicho numeral, establece que es obligación de todo trabajador: “Abstenerse de ejecutar cualquier acto contrario a la dignidad de las personas, que configuren conductas que constituyan agresión u hostigamiento reiterados, ejercidas en representación de su empleador, o en conjunto con otros trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores o colaboradores, por cualquier medio que tenga como resultado para él o los afectados, su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades de empleo, todo ello en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.607”.

Ninguna meta productiva y ni siquiera el mal desempeño del trabajador, pueden justificar un trato hostil, vejatorio, o de vulneración de derechos. Por lo anterior, resulta inevitable preguntarse ¿por qué la administración se empeña en mostrar una actitud tan permisiva con este ejecutivo?, ¿por qué defender a quien fue amonestado por incumplimiento grave a sus obligaciones contractuales y por vulnerar el Valor N°1 de Codelco?, en síntesis ¿por qué defender lo indefendible?

A raíz de una serie de consultas, hemos tomado la decisión de entregar información a nuestros asociados, que es de carácter público y que ha sido ha sido expuesta en el juicio que se tramita en el Juzgado de Letras de Diego de Almagro, bajo el RIT T-6-2016.( FESUC)

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