Codelco presentó un recurso de nulidad que no fue acogido.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad que había presentado la división Chuquicamata de Codelco, contra el fallo del Tribunal Laboral de Calama, que en abril dictaminó que la empresa había realizado prácticas antisindicales al impedir que los sindicalistas ingresaran a las áreas de trabajo, multándola además con 75 UTM.
Ese primer dictamen detallaba que estas prácticas de la minera se habían materializado en una serie de modificaciones al protocolo de ingreso. Medidas que dificultaban el libre acceso de los sindicalistas a las faenas mineras y al edificio institucional de la empresa.
El fallo, que fue apelado por el equipo jurídico de la Corporación, especificaba que la empresa denunciada «ha incurrido en prácticas lesivas a la libertad sindical, consistentes en el establecimiento de requisitos que obstaculizan el ingreso de los dirigentes sindicales al interior de la empresa».
Fue así que el tribunal ordenó a la empresa que «cese en la exigencia del cumplimiento de requisitos para permitir el ingreso de los dirigentes sindicales a un área determinada de la empresa», y «se abstenga en el futuro de establecer condiciones específicas para el desarrollo de la actividad sindical a través del cumplimiento de requisitos que obstaculicen el ingreso de los dirigentes sindicales a sus dependencias».
La demanda contra Codelco, que la estatal puede elevar hasta la Corte Suprema en Santiago, había sido presentada por los dirigentes Alberto Muñoz, del sindicato de trabajadores N°1; Yasna Barraza, del N°5; Carlos Díaz, Mario Lobos, Liliana Ugarte y Víctor Galleguillos, del N°2; y Héctor y Rolando Milla, del sindicato N°3.
Génesis del conflicto
En noviembre de 2015 el grupo de ocho dirigentes se negó a dejar el edificio institucional luego de una reunión de trabajo con la administración en la que se abordó la situación de la Refinería, siendo desalojados al día siguiente por las Fuerzas Especiales de Carabineros, quien los tomó detenidos bajo el cargo de usurpación.
La administración, por su parte, amonestó a los dirigentes y restringió su acceso a las áreas laborales y al edificio Corporativo, lo que desencadenó el conflicto con los dirigentes.