Ayer la Cámara de Diputados aprobó en general la reforma laboral por 67 votos a favor y 42 en contra. De esta manera, la iniciativa supera su primer trámite legislativo.
En total son nueve los puntos que se discuten, los cuales tres de ellos (Titularidad sindical, Piso mínimo y Negociación interempresa) se aprobaron sin modificaciones y uno (Extensión de beneficios) con modificaciones menores. A continuación, sepa cuáles son los cambios que se les aplicó a los demás.
– Huelga y reemplazo: Se define la huelga como un derecho que debe ser ejercido colectiva y pacíficamente por los trabajadores. Además, se prohíbe el reemplazo de los puestos de trabajo de los empleados en huelga, sea con trabajadores internos o con externos.
Modificación: Se elimina la mención de la huelga como un derecho que debe ejercerse en forma pacífica.
– Servicios mínimos en caso de huelga: Se definen los servicios mínimos de la empresa como aquellos que permitan atender las operaciones indispensables para evitar un daño actual e irreparable a los bienes materiales, instalaciones o infraestructura de la misma o que causen grave daño al medio ambiente o un daño a la salud de los usuarios de un establecimiento asistencial o de salud.
Modificación: Definición de servicios mínimos reduciéndolo a aquellas operaciones estrictamente necesarias para evitar un daño no solo actual e irreparable, sino además grave. Además, elimina la mención al daño a los bienes materiales y la especificidad y características de la empresa. Los equipos de emergencia y los servicios mínimos deben fijarse antes de la negociación.
– Pactos de adaptabilidad: Se plantea la posibilidad de realizar estos pactos con sindicatos con determinada representatividad (partiendo de un 65% hasta 30% en régimen). Incluyen materias como distribución de jornada y descansos, horas extraordinarias y jornada pasiva.
Modificación: Se elimina la disposición transitoria que implicaba una aplicación gradual, dependiendo de la representatividad del sindicato y comenzará con 30%.
– Sindicato del día después: Se propone eliminar la figura del sindicato del día después al exigir que el plazo del fuero se cuente desde la solicitud reservada del ministro de fe para la asamblea constitutiva y no desde la celebración de la asamblea.
Modificación: Se elimina la modificación y se mantiene la figura. Aprobado.
– Prácticas antisindicales de trabajadores: Se tipifica como conducta antisindical de trabajadores la utilización de fuerza física en las cosas, o física o moral en las personas con ocasión del ejercicio de la actividad sindical.
Modificación: Se elimina la nueva conducta y se aprueba.( Emol)