Conozca cuáles son los cambios que sufrió la reforma laboral en su primer trámite legislativo

Ayer la Cámara de Diputados aprobó en general la reforma laboral por 67 votos a favor y 42 en contra. De esta manera, la iniciativa supera su primer trámite legislativo.

El proyecto que busca modernizar el sistema de relaciones laborales, introduciendo modificaciones al Código del Trabajo, ha generado una fuerte polémica por los efectos que podría generar en la economía nacional, al proponer, entre otras materias, el fin del reemplazo en huelga y la titularidad sindical para las negociaciones colectivas.

En total son nueve los puntos que se discuten, los cuales tres de ellos (Titularidad sindical, Piso mínimo y Negociación interempresa) se aprobaron sin modificaciones y uno (Extensión de beneficios) con modificaciones menores. A continuación, sepa cuáles son los cambios que se les aplicó a los demás.

Huelga y reemplazo: Se define la huelga como un derecho que debe ser ejercido colectiva y pacíficamente por los trabajadores. Además, se prohíbe el reemplazo de los puestos de trabajo de los empleados en huelga, sea con trabajadores internos o con externos.

Modificación: Se elimina la mención de la huelga como un derecho que debe ejercerse en forma pacífica.

Servicios mínimos en caso de huelga: Se definen los servicios mínimos de la empresa como aquellos que permitan atender las operaciones indispensables para evitar un daño actual e irreparable a los bienes materiales, instalaciones o infraestructura de la misma o que causen grave daño al medio ambiente o un daño a la salud de los usuarios de un establecimiento asistencial o de salud.

Modificación: Definición de servicios mínimos reduciéndolo a aquellas operaciones estrictamente necesarias para evitar un daño no solo actual e irreparable, sino además grave. Además, elimina la mención al daño a los bienes materiales y la especificidad y características de la empresa. Los equipos de emergencia y los servicios mínimos deben fijarse antes de la negociación.

Pactos de adaptabilidad: Se plantea la posibilidad de realizar estos pactos con sindicatos con determinada representatividad (partiendo de un 65% hasta 30% en régimen). Incluyen materias como distribución de jornada y descansos, horas extraordinarias y jornada pasiva.

Modificación: Se elimina la disposición transitoria que implicaba una aplicación gradual, dependiendo de la representatividad del sindicato y comenzará con 30%.

Sindicato del día después: Se propone eliminar la figura del sindicato del día después al exigir que el plazo del fuero se cuente desde la solicitud reservada del ministro de fe para la asamblea constitutiva y no desde la celebración de la asamblea.

Modificación: Se elimina la modificación y se mantiene la figura. Aprobado.

– Prácticas antisindicales de trabajadores: Se tipifica como conducta antisindical de trabajadores la utilización de fuerza física en las cosas, o física o moral en las personas con ocasión del ejercicio de la actividad sindical.

Modificación: Se elimina la nueva conducta y se aprueba.( Emol)

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